D) DEFINICION DE LAS CATEGORIAS DE LOS VEHICULOS
     
   

CATEGORIA L:
Vehículo automotor con menos de 4 ruedas.

L 1: 2 ruedas, cilindrada <= 50 cc y velócidad diseño máxima <= 40 Kmh.

L 2: 3 ruedas, cilindrada <= 50 cc y velócidad diseño máxima <= 40 Kmh.

L 3: 2 ruedas, cilindrada >= 50 cc ó velócidad diseño > 40 Kmh.

L 4: 3 ruedas (asimétrica - sidecar), cilindrada >50 cc ó velócidad diseño > 40 Kmh.

L 5: 3 ruedas (simétrica), cilindrada >= 50 cc ó velócidad diseño >40 Kmh, c/ carga <= 1Tn.

CATEGORIA M:
Vehículo automotor con 4 ó más ruedas ó 3 ruedas cuando el peso máximo es mayor de 1 Tn y es utilizado para transporte de pasajeros.
Y vehículos articulados que constan de 2 unidades inseparables pero que articuladas se consideran cómo vehículos individuales.

M 1: Transporte de pasajeros, de no más de 8 asientos además del asiento del conductor y que cargado pese 3,5 Tn ó menos.

M 2: Transporte de pasajeros, con más de 8 asientos excluyendo al asiento del conductor y que cargado pese 5 Tn ó menos.

M 3: Transporte de pasajeros, con más de 8 asientos excluyendo al asiento del conductor y que cargado pese más de 5 Tn (Ver Observaciones al pié).

CATEGORIA N:
Vehículo automotor con 4 ó más ruedas ó 3 ruedas cuando el peso máximo es mayor de 1 Tn y es utilizado para transporte de carga.

N 1: Transporte de carga que cargado pese 3,5 Tn ó menos.

N 2: Transporte de carga que cargado pese entre más de 3,5 Tn y menos de 12 Tn.

N 3: Transporte de carga que cargado pese más de 12 Tn.

CATEGORIA O:
Acoplados y semiacoplados.

O 1: Acoplados con 1 eje - que no sean semiacoplados - con peso máximo menor ó igual a 750 Kg.

O 2: Acoplados con peso máximo menor ó igual a 3,5 Tn y que no sean O 1.

O 3: Acoplados con peso entre más de 3,5 Tn y que no sean mayor de 10 Tn.

O 4: Acoplados con peso máximo superior a las 10 Tn.

CATEGORIA H:
Maquinaria Especial y agrícola.
Son los vehículos "Artefactos esencialmente construídos para otros fines y capaz de transitar".

Observaciones:

Para el caso de un vehículo motriz diseñado para agregársele un acoplado o un semiacoplado, el peso máximo para Categorizarlo es el del vehículo motriz en carretera, más el peso máximo que el semiacoplado le transfiere y cuando corresponda incrementado por el peso máximo de la carga del vehículo motriz.

Los equipos e instalaciones incluídos para propósitos específicos de los vehículos no diseñados para el transporte de pasajeros (grúas, vehículos industriales o para publicidad, etc) se asimilará a los M 3.

Para los semiacoplados el peso máximo a considerar para Categorizarlo, es el peso transmitido al suelo por el ó los ejes del mismo cuando se encuentre acoplado al vehículo motriz y llevando su
carga máxima.

   
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